Ley Orgánica de Protección de datos
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Introducción a la Protección de Datos
El artículo 18.4 de la constitución dice que "la ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos". Con la intención de hacer realidad este artículo nace en el año 1992 la ley orgánica 5 / 1992 conocida como LORTAD, para posteriormente ser derrogada por la vigente Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, conocida como LOPD.
El Tribunal Constitucional en su sentencia 292/2000 define la Protección de Datos como el derecho fundamental que garantiza a toda persona "un poder de control sobre sus datos personales, sobre su uso y destino, con el propósito de impedir su tráfico ilícito y lesiva para la dignidad y derecho del afectado ".
A quién afecta la normativa
Aplicable a todas las empresas y organizaciones públicas o privadas que almacenen, utilicen o traten datos de carácter personal registrados en soporte físico y que los haga susceptibles de tratamiento. La legislación sobre Protección de Datos marca una serie de límites a la utilización de los datos personales afectando a todas las empresas de nuestro país, ya que en mayor o menor medida todas tratan o manejan datos de carácter personal de personas físicas (clientes, proveedores, empleados, colaboradores, accionistas.).
La Agencia Española de Protección de Datos
Su misión es la de velar por el cumplimiento de la legislación sobre protección de datos y controlar su aplicación. Es un ente de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, que actúa con plena independencia de las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus funciones. La AEPD además de otras funciones, atiende las peticiones y reclamaciones formuladas por las personas afectadas, ejerciendo la potestad inspectora y sancionadora. Cualquier ciudadano podrá conocer, solicitando en el Registro General de Protección de Datos a través de la Web de la AEPD (www.agpd.es), la existencia de los ficheros de carácter personal registrados en España, sus finalidades y la identidad del responsable del tratamiento
Sanciones
El cumplimiento de las obligaciones legales en materia de protección de datos es imprescindible, la LOPD establece unas sanciones económicas a los titulares de los ficheros ya los responsables del tratamiento de los datos, para los casos que no se cumpla con la legislación sobre protección de datos, siendo estas sanciones de las más elevadas de nuestro entorno europeo. La Agencia Española de Protección de datos (AEPD) organismo encargado de velar por el adecuado cumplimiento de la legislación vigente cuenta con un amplio cuerpo de inspectores que tienen la consideración de autoridad pública en el desempeño de sus funciones. Actúan de oficio o mediante denuncia de cualquier afectado y de no cumplir con la legislación, impone elevadas multas que pueden llegar hasta los 600.000 €, siendo estas sanciones parejas al tipo de datos que se manejan.
Obligaciones de las empresas
Todas las empresas deben adaptarse a la legislación teniendo en cuenta que deben conjugar por un lado los derechos que poseen los ciudadanos sobre el uso, tratamiento y destino de sus datos y por otro las medidas de tipo organizativas y técnicas que debemos establecer en nuestra organización para garantizar la seguridad de la información.
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